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Todo aquello que esté intervenido por personas ajenas a la constructora o a contratistas que correspondan, no estará sujeto a garantía. Dentro de los criterios se utiliza el Manual de Tolerancia, confeccionado por la Cámara Chilena de la Construcción.
3 años:
En caso de fallas o defectos que afecten a elementos de terminaciones o de acabado de las obras, tales como cielos, puertas, revestimientos y pinturas exteriores e interiores, alfombras, barnices, etc. El presente plazo se cuenta desde la fecha de inscripción del inmueble a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
5 años:
En caso de fallas o defecto de los elementos constructivos o de las instalaciones, como cubiertas de techumbre, ventanas, impermeabilizaciones, aislamiento térmico y acústico o de las redes de instalaciones tales como eléctricas, de corrientes débiles, de calefacción, de gas, sanitarias, etc. El presente plazo se cuenta desde la fecha de la recepción definitiva de la obra otorgada por la Dirección de Obras respectivas.
10 años:
En el caso de fallas o defectos que afectan a la estructura soportante del inmueble, tales como cimientos, sobre cimientos, fundaciones, muros soportante, losas, vigas, cadenas, etc. . El presente plazo se cuenta desde la fecha de la recepción definitiva de la obra otorgada por la Dirección de Obras respectivas.
Nuestra empresa no realiza este tipo de trabajos.
Sólo se pierde la garantía del lugar intervenido o del sector que se ve afectado por la intervención.
Todo requerimiento que esté relacionado con las áreas comunes debe canalizarse con el administrador del condominio.
ENTREGA FUTURA
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ENTREGA INMEDIATA
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PRONTA ENTREGA
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